-- Debe haber procedimientos claros en tipificación
Por Anayeli García Martínez
México, DF, 24 may 11 (CIMAC).- La tipificación del feminicidio no sólo reconoce la existencia de homicidios de mujeres por razones de género, también establece la obligación de realizar investigaciones especializadas y científicas como una forma de prevención, afirmó la abogada especialista en violencia de género, Karla Michelle Salas.
La jurista, quien litigó uno de los tres casos de feminicidio del Campo Algodonero, en Ciudad Juárez, ante el sistema interamericano de Derechos Humanos (DH), aseguró en entrevista que la impunidad en el asesinato de mujeres inicia en las primeras horas cuando los operadores de justicia hacen el levantamiento del cuerpo y la recolección de evidencias.
Precisó que cuando una mujer es asesinada, hay una serie de pasos que los peritos deben realizar: el levantamiento del cuerpo, la recolección de evidencia y la necropsia, entre otros, sin embargo estos protocolos mínimos no siempre se siguen, lo cual genera que el delito no se acredite y que los hechos se sigan repitiendo.
Michelle Salas explicó que los Códigos de Procedimientos Penales ya establecen lineamientos básicos. Asimismo recordó que la sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre tres casos de feminicidio en Juárez menciona la obligación del Estado mexicano de investigar.
En este escenario –dijo la abogada de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos- es importante que la Cámara de Diputados apruebe la tipificación del feminicidio a nivel federal, porque así se reafirmará esta obligación y los servidores públicos tendrán que realizar estas diligencias.
Por otra parte, la abogada aplaudió el interés de las legisladoras federales por impulsar la tipificación de este delito. Actualmente hay cuatro iniciativas en San Lázaro: la de Laura Estrada (PAN), Laura Itzel Catillo (PT), Diva Hadamira Gastélum (PRI) y de Teresa Incháustegui (PRD).
Al respecto, Salas aseguró que hay varios elementos que deben ser tomados en cuenta a la hora de establecer el tipo penal. Entre estos, dejar claro en la ley que si el cuerpo de una mujer presenta signos de violación sexual o lesiones infamantes y degradantes, se trata de un feminicidio.
Expresó que para contar con un tipo penal que se pueda acreditar se necesitan elementos muy concretos “que no requieran de una interpretación por parte de los operadores de justicia para que identifiquen cuando se trata de un feminicidio, al mismo tiempo que se sientan las bases para la investigación forense”.
Finalmente Karla Michelle Salas urgió a las y los legisladores a trabajar un dictamen que cumpla con las expectativas de las organizaciones de la sociedad civil y que permita a las víctimas acceder a la justicia.
11/AGM/RMB/LGL
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